lunes, marzo 29, 2004

Contrato de maestras en 1923. (España)

Sector enseñanza
DOCUMENTO HISTÓRICO (Contrato de maestras en 1923)
Este es un acuerdo entre la señorita ---------------maestra, y el Consejo de Educación de la Escuela------- por la cual la señorita -------- acuerda impartir clases durante el peri´do de ocho meses a partir del .............. de septiembre de 1923. El Consejo de Educación acuerda pagar a la señorita......... la cantidad de (+75) mensuales.
La señorita ................ acuerda:

1.- No casarse. Este contrato queda automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se casa.
2. No andar en compañía de hombres.
3. Estar en su casa entre las 8:00 de la tarde y las 6: == de la mañana, a menos que sea para atender dunción escolar.
4. NO pasearse por heladerías del centro de la ciudad.
5. No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin permiso del presidente del Cnsejo de Delegados.
6. No fumar cigarrillos. Este contrato quedará automáticamente anulado y sn efecto si se encontrará a la maestra fumando.
7. No beber cerveza, vino o whisky. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto, si se encuentra a la maestra bebiendo cerveza, vino o whisky.
8. NO viajar en coche o automóvil con un hombre excepto su padre o hermano.
9. No debe ropas de colores brillantes.
10. No debe de teñirse el pelo.
11. Usar al menos dos enaguas.
12. No usar más de dos vestidos que queden a más de cinco centímetros por encima de los tobillos.
13. Mantener limpia el aula.
a) Barrer el suelo al menos una vez al día.
b) Fregar el suelo al menos una vez a la semana con agua caliente.
c) Limpiar la pizarra al menos una vez al día.
d) Encender el fuego a las siete de la mañana, de modo que la habitación esté caliente a las ocho de la mañana cuando lleguen los niños.

14. No usar polvos faciales, maquillarse o pintarse los labios.